SUCESIONES REPRESENTACION DE LAS.
Si en el juicio que motivó el amparo, se consideró a la sucesión quejosa representada por su antiguo albacea, no podría desconocerse en el juicio de garantías promovido por éste, esa situación jurídica, que sirvió de base para juzgar y condenar a dicha sucesión, y sobreseerse por no tener ya el antiguo albacea la representación de la propia sucesión, sin cometerse una incongruencia, al aceptarse un estado jurídico para un solo efecto y desconocerse después ese propio estado, para los fines del juicio de amparo, ya que tal actitud traería como consecuencia necesaria, dejar sin defensa a la parte condenada y desconocer la personalidad del único órgano representativo capaz de ocurrir en demanda de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806341-0adaa1b7/sucesiones-representacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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