SEGURO SOCIAL, EL INSTITUTO DEL, TIENE CARACTER DE AUTORIDAD.
Si bien es cierto que los artículos 1o. y 5o. de la Ley del Seguro Social determinan que el Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo descentralizado, también lo es que al expedirse la reforma al artículo 135, sin desvirtuarse la forma de su constitución, su calidad de corporación de carácter público, que rige por su ley correspondiente, quedó adicionada con el atributo de potestad pública, que le da el carácter de autoridad, al prevenir ese precepto que,, en su carácter de organismo fiscal autónomo, le correspondería la determinación de los créditos y de las bases para su liquidación, fijar la cantidad liquidada, su percepción y cobro de conformidad con esa propia ley.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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