SEGURO SOCIAL, EL INSTITUTO MEXICANO DEL, ES AUTORIDAD.
Es cierto que con anterioridad esta Suprema Corte de Justicia sustentó la tesis de que le Instituto Mexicano del Seguro Social, no era autoridad, porque originariamente no tenía ese carácter, por no dárselo el artículo 135 de la Ley del Seguro Social; pero como cuando se dictó la resolución reclamada en el actual juicio, ya se había reformado la ley, dando la calidad de autoridad al mencionada instituto, al decir que le correspondería como organismo fiscal autónomo, determinar los créditos y bases para su liquidación , fijar la cantidad líquida, su percepción y cobro, de conformidad con aquella ley, es claro que debe sobreseerse en el juicio de garantías.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 876/46. Tintex, S. de R. L. 27 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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