TRABAJADORES Y APRENDICES.
Como el proceso de aprendizaje mira a colocar al aprendiz en aptitud de desempañar sus labores como trabajador mediante los conocimientos que adquiere, evidentemente que si estos conocimientos previos no se requieren por la naturaleza misma del trabajo desempeñado, no se es aprendiz, sino lisa y llanamente trabajador vinculado al patrón mediante el contrato laboral y sujeto a la dirección y dependencia de éste; como sucede tratándose de máquinas que no ofrecen dificultades para su manejo ni requieren conocimientos técnicos y que cualquier persona, no importando el sexo ni la edad, está capacitada para atenderlas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806577-b71e5075/trabajadores-y-aprendices · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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