SUCESIONES, SUSPENSION DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES EN LAS.
La suspensión concedida respecto del auto que manda poner al albacea de una sucesión, en posesión de un bien, no afecta el interés general, ni contraviene disposiciones de orden público, si se ordenó por el Juez respectivo, en una sucesión anterior, que se entreguen los bienes correspondientes al albacea de esa sucesión; en esa virtud, los bienes están asegurados, así como los derechos, tanto de los herederos como del fisco, razones que ponen de manifiesto que la suspensión no afecta el interés general, ni viola disposiciones de orden público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806748-024960b5/sucesiones-suspension-del-aseguramiento-de-bienes-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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