QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA LA EJECUCION DE LA SENTENCIA DICTADA EN CUMPLIMENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO.
Si el recurrente funda su queja en que el Juez de primera instancia hizo indebida ejecución de la sentencia del tribunal de alzada, pronunciada en cumplimiento de una ejecutoria de amparo, interpuesto contra actos de dicho tribunal, de ello se desprende que, en tal caso, esta ejecutoria quedó debidamente cumplimentada por la autoridad responsable, al dictar nueva sentencia y que por lo mismo, la queja es improcedente, porque según lo dispuesto por la fracción IX del artículo 95 de la Ley de Amparo, ese recurso procede contra actos de las autoridades responsables, en los casos de la competencia de esta Suprema Corte de Justicia, en única instancia, por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia en que se haya concedido el amparo, y en el caso, no se endereza el recurso contra actos de la autoridad responsable en el amparo, sino contra el Juez de primera instancia; y además la improcedencia resulta también de la circunstancia de que la indebida ejecución que se reclama, no fue de la ejecutoria pronunciada en el amparo, sino de la dictada por el tribunal de segunda instancia, para acatar esa ejecutoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806774-ae50bdcf/queja-improcedente-contra-la-ejecucion-de-la-sentencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- QUEJA, ES IMPROCEDENTE LA QUE SE PROMUEVE CONTRA EL ACUERDO QUE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA EJECUTORIA DE AMPARO. (s/clave)
- SENTENCIAS DE AMPARO. LAS QUE LO OTORGAN CONTRA UNA LEY POR CONSIDERARLA INCONSTITUCIONAL Y NO POR VICIOS PROPIOS DE SU APLICACIÓN, SON IRRECURRIBLES POR LAS AUTORIDADES EJECUTORAS (XVII.4o.12 K )
- QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, CUANDO LA AUTORIDAD RESPONSABLE ASUME PLENA JURISDICCION. (s/clave)
- AMPARO IMPROCEDENTE, SOBRESEIMIENTO EN EL, POR DESISTIMIENTO DE LA SEGUNDA INSTANCIA NO ACREDITADO. (s/clave)
- REENVIO. POR NO EXISTIR EN LA APELACION, EL TRIBUNAL DE ALZADA SE ENCUENTRA IMPEDIDO PARA ORDENAR AL INFERIOR QUE SE SUBSANEN LAS VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO COMETID (XXI.2o.56 K)
- QUEJA. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO DEL JUEZ DE DISTRITO QUE MANDO REMITIR A LA CORTE EL EXPEDIENTE EN REVISION, Y POR NO HABER DECLARADO EJECUTORIADA LA SENTENCIA RESPECTO DE LA (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis