INCESTO Y VIOLACION, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.
En la violación se protege la libertad sexual del sujeto pasivo que es siempre individual, y en el incesto el bien jurídico tutelado es el principio exogámico y la base moral de la familia tal como se encuentra organizada actualmente; así cuando con un sólo hecho se lesionan ambos valores tutelados, los dos delitos en cuestión quedan, siendo jurídicamente posible su coexistencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807015-c45cb294/incesto-y-violacion-coexistencia-de-los-delitos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4234/62. Melesio Martínez. 29 de agosto de 1963. Cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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