VIOLACION E INCESTO (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE CHIAPAS).
Los delitos de violación e incesto pueden perfectamente coexistir, porque una cosa es que nadie pueda tener relaciones sexuales él sólo, ya que relación significa referencia a otro, y a otra que el incesto se integre exclusivamente cuando las dos partes de la relación sexual la realizan de común acuerdo, pues esto es inexacto al ser posible que una de ellas verifique ayuntamiento carnal normal contando con el solo cuerpo de la otra y no con su voluntad, siendo aquella la sola responsable del delito. Además en la violación se protege la libertad sexual de un sujeto pasivo potencial, pero siempre individual, y en el incesto el bien jurídico tutelado es la forma de organización moral actual de la familia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812524-22d52ca2/violacion-e-incesto-legislacion-penal-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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