VIOLACION E INCESTO, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
Es criterio actual de la Primera Sala la coexistencia del delito de violación con el de incesto en la legislación penal del Estado de Sonora, pues no se requiere necesariamente y en todos los casos del consentimiento de los descendientes, en el segundo de los ilícitos mencionados, por realizar la cópula, máxime que en dicha legislación no se recoge la forma agravada de la violación, cuando es de carácter incestuoso, por lo que no puede considerarse que el incesto se subsume en la violación. Por otra parte, los delitos de referencia tutelan bienes jurídicos diversos, siendo en la violación el de la libertad sexual, mientras en el incesto se protege la sanidad de la estirpe o bien la moral familiar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234074-56569332/violacion-e-incesto-coexistencia-de-los-delitos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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