ESTATUTO JURIDICO PARA LOS EMPLEADOS AL SERVICIO DEL ESTADO, LEY SUPLETORIA DEL (SALARIOS CAIDOS).
Este precepto dispone que los casos no previstos en esa ley o en su reglamento, se resolverán de acuerdo con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, aplicada supletoriamente. Esta circunstancia implica que es correcta y jurídica la actitud del Tribunal de Arbitraje al establecer la obligación de la Secretaría de Educación Pública de cubrir al trabajador cesado injustificadamente, los sueldos dejados de percibir durante el tiempo que permanezca fuera del servicio, ya que esta condena es consecuencia de disposiciones legales expresas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807162-f30b84e6/estatuto-juridico-para-los-empleados-al-servicio-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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