PATRONO, CARACTER DE.
Si el quejoso confiesa que tiene arrendado un lugar dentro del cual se dedica a determinada clase de trabajo, que lleva a cabo con elementos propios; que contrata a sus ayudantes y les paga el salario y que realiza trabajos para el público, incuestionablemente reúne los elementos constitutivos de una empresa, no obstante que obtenga la mayor parte de sus ingresos de una negociación similar a la suya, ya que para determinar si una persona es intermediaria, o no, debe establecerse, primero, si se beneficia con los servicios de los trabajadores que contrate y segundo, si tiene o no elementos propios para la ejecución del trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807277-f11d050e/patrono-caracter-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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