Corpus
Modo: Corpus Pro

LETRAS DE CAMBIO, LUGAR DE PAGO DE LAS, PARA LOS EFECTOS DE LA COMPETENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 807318 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 817

El artículo 1104 del Código de Comercio, en su fracción II, declara que sea cual fuere la naturaleza del juicio, será preferido para conocer del mismo, el Juez del lugar designado en el contrato, para el cumplimiento de la obligación, y si la letra de cambio, base de la acción ejercitada por el actor en contra del demandado, fue dirigida en una ciudad y aceptada en la misma población, es evidente que el Juez legalmente competente para conocer del juicio relativo, es el de la propia ciudad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807318-31d53592/letras-de-cambio-lugar-de-pago-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Controversia 114/41. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Aguascalientes y Segundo de lo Civil de la ciudad de San Luis Potosí. Mayoría de once votos. Disidentes: Hilario Medina, Luis G. Corona, Nicéforo Guerrero y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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