PERSONALIDAD EN EL AMPARO
No existe fundamento legal para que los Jueces de Distrito prevengan al recurrente que justifique su personalidad como mandante, en forma distinta de como tiene reconocida ante el Juez responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807753-f0f894d8/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 430/43. Tomacelli Domingo C. 5 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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