TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE.
La exigencia de registro de los títulos profesionales, establecida por la ley respectiva, no vuelve sobre el paso ni desconoce las situaciones creadas, sino que constituye una base de garantía, que es de naturaleza pública, pues trata de proteger los intereses sociales en relación con las actividades profesionales, para cuya prestación exige la ley determinados requisitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807829-52731c27/titulos-profesionales-registro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5519/47. Ocaña G. Carlos. 22 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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