ESTATUTO JURIDICO, CONTRA LA APLICACION DEL, NO PUEDEN INTERPONER AMPARO LAS AUTORIDADES.
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido que, como el Estado, al nombrar y remover a sus servidores, obra en su carácter de entidad soberana y no como persona moral, capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, no puede interponer amparo contra los laudos que dicta el Tribunal de Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado, por lo que es fundada la queja que se interponga en contra del Juez de Distrito que da entrada a la demanda de amparo formulada por la Secretaría de la Economía Nacional, en contra del Tribunal de Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado, en virtud de haber sido condenada a reponer a un trabajador en el empleo del que fue separado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808489-d7b4713c/estatuto-juridico-contra-la-aplicacion-del-no-pueden · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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