ARRENDAMIENTO, SUSPENSIÓN TRATANDOSE DE RESOLUCIÓN QUE TIENE POR HECHO EL PAGO DE PENSIONES DE.
Si se reclama en amparo la resolución judicial que tiene por hecho el pago de pensiones de arrendamiento, se trata de un acto declarativo, que produce efectos positivos, los cuales son susceptibles de suspenderse; siendo estos efectos perjudiciales a la parte quejosa, si afirma en su demanda, sin prueba en contrario, que la autoridad responsable admitió el pago hecho como si se hubiera realizado en tiempo oportuno, convalidado una situación jurídica a favor de quien hizo el pago, con desconocimiento de los derechos del acreedor, quejoso en el amparo; pero debe exigirse fianza para responder del daño o perjuicio que se pueda seguir al tercero perjudicado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808662-99b41617/arrendamiento-suspension-tratandose-de-resolucion-que-tiene-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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