PODERES, REGISTRO DE LOS.
Los poderes otorgados por una sociedad mercantil, a los gerentes, factores, dependientes y a cualesquiera otros mandatarios, deben registrarse, por lo que toca a los actos de comercio que, en ejercicio de esos poderes, deban ejecutar, pero no por lo que respecta a los actos de carácter civil, como es la representación en juicio, pues la falta de registro de dichos poderes, podría tener consecuencias respecto a los actos de comercio que ejecuten los mandatarios, pero no puede impedirles que se ostenten como mandatarios jurídicos, ya que para esos actos, no es necesario el requisito del registro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809097-6a14db9a/poderes-registro-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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