ACCIDENTES DE TRABAJO.
Aun cuando se pruebe que el trabajador no observó todas las reglas establecidas para el manejo de una máquina y que esto dio origen al accidente, lo más que puede inferirse de ello, es que hubo imprevisión por parte del trabajador, pero no que voluntariamente haya provocado el accidente, ni menos que haya habido dolo de su parte, subsistiendo, por tanto, su derecho para cobrar indemnización por el accidente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809451-55f46447/accidentes-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4116/29. Compañía del Ferrocarril Sud-Pacífico de México. 27 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.
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