VENTA CON PACTO DE RETROVENTA, EXTINCION DEL PLAZO CONVENIDO PARA LA REDENCION DE LA COSA EN ELLA.
Si el plazo convenido por las partes en las escritura respectivas, para la redención de las fincas, materia de una compraventa efectuada con pacto especial de retroventa, no ha sido prorrogado sino que tan sólo se concedió al interesado un nuevo derecho, extraño por completo al de retracto, derivado de una opción o promesa de venta, para la readquisición de las fincas mencionadas, no puede dicho interesado, para justificar su incumplimiento y no tenerse por incurso en mora, ejercitar la acción derivada del caso fortuito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809670-e2d6fe8a/venta-con-pacto-de-retroventa-extincion-del-plazo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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