Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 809844 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1261

Si la revisión se interpone únicamente por la autoridad ejecutora, y sin que alegue ningún agravio especial relativo a sus actos de ejecución, el recurso resulta oficioso y sin base, por lo que debe confirmarse la sentencia del Juez de Distrito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809844-4743f65a/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo XXV, página 2605. Indice Alfabético. Amparo 3954/23. Escandón José G. 15 de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXV, página 2605. Indice Alfabético. Amparo 2513/28. Razo Jesús. 1o. de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXV, página 1261. Amparo administrativo en revisión 1199/24. Ferrocarril Urbano de Orizaba, S. A. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Cisneros Canto. Relator: Salvador Urbina.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.