TERMINOS JUDICIALES.
Cuando los tribunales no están en funciones, no deben correr los términos concedidos a las partes, para que hagan valer sus derechos ante aquéllos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809876-1a639203/terminos-judiciales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1339/27. Ortega Gonzalo M. 25 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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