MULTA.
Debe imponerse a quien interpone un amparo con notoria falta de motivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810301-dbd9cc1a/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 428/28. González Hermosillo Juan, sucesión de. 18 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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