INSTITUCIONES DE CREDITO.
Tienen el carácter de instituciones de crédito, las que hayan obtenido la respectiva concesión, de acuerdo con la ley vigente relativa, lo mismo que los bancos ya establecidos, al expedirse dicha ley, en virtud de concesiones anteriores del Ejecutivo Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810436-57a0927f/instituciones-de-credito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2080/25. Sucursal en Veracruz, del Banco Nacional de México, S. A. 10 de noviembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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