SUSPENSION.
Es improcedente concederla respecto de hechos que, en su informe previo, niega la autoridad responsable, y que no son comprobados por el quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810621-0378581e/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XVI, página 1657. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 964/25. Gómez Ladislao. 27 de abril de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 375. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 91/25. Gaytán Juan B. 20 de febrero de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente:
Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis