SUSPENSION.
Es improcedente concederla contra actos que ningunos perjuicios originan al quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284708-e7a2e5e6/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Martínez de Castro Guadalupe. 4 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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