MEDICOS.
No pueden ser clasificados como charlatanes, sólo por que sus títulos no hayan sido visados por las autoridades, y contra la orden que les impide el ejercicio de su profesión, procede conceder la suspensión, puesto que con ella no se originan perjuicios a la sociedad, ya que los clientes que los buscan, ocurren voluntariamente a solicitar sus servicios, y a aquéllos sí se les causa perjuicio con la privación temporal del ejercicio de su profesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810790-91d349a8/medicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Wilmanns Roberto. 22 de agosto de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- MEDICOS NO TITULADOS. (s/clave)
- MEDICOS NO TITULADOS. SUSPENSION IMPROCEDENTE. (608)
- MEDICOS NO TITULADOS. (s/clave)
- MEDICOS. (s/clave)
- MÉDICOS NO TITULADOS. SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE.- (387)
- MEDICOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis