AMPARO CIVIL.
En el término para interponerlo, no deben computarse los días inhábiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810820-b2cfe531/amparo-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Priego Otilio M. 29 de septiembre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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