FACULTAD ECONOMICO-COACTIVA.
Su aplicación para el cobro de cantidades que no provienen de un adeudo fiscal, importa una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811421-7e8085cc/facultad-economico-coactiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Levy Andrés y coagraviado. 12 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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