FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
La ley que creó la facultad económico coactiva no es anticonstitucional. Las disposiciones legales que sustentan su constitucionalidad son las fracciones VII y XXXI del artículo 73 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811432-27c02963/facultad-economico-coactiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Barros Felipe N. 18 de mayo de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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