ADUANAS. CLASIFICACION ARANCELARIA QUE DEBE CAER EN UNA FRACCION GENERICA DE LA TARIFA.
Es verdad que si los productos importados son adipato y citrato de piperazina, no están comprendidos dentro de la fracción específica 017, que se refiere a piperazina y no a citrato de adipato de piperazina, sin que pueda aceptarse efectivamente que las palabras "adipato" y "citrato", sean prefijos, pues son nombres de derivados químicos que en el caso concreto lo son de la "piperazina". Por tanto, esos productos caen dentro de la fracción genética 999 (ya que la 017 se refiere exclusivamente a la "piperazina".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812248-7b45fc6c/aduanas-clasificacion-arancelaria-que-debe-caer-en-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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