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DERECHOS DE AUTOR. ACCION NO JUSTIFICADA POR EL DEMANDANTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 812764 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1943; Pág. 152

Del examen de las pruebas exhibidas por el actor resulta que, si bien es cierto que éste probó ser autor de una obra, que la presentó a la Comisión Editora Popular y fue aceptada previo dictamen de una comisionada especial, y que la Secretaría de Educación Pública ordenó la publicación de la obra, hechos todos que fueron explícitamente confesados por el C. Procurador General de la República, representante de la parte demandada; también es verdad, que el propio actos no justificó por medio de ningún elemento de prueba, ni la celebración del contrato verbal, que dice estipuló con la Secretaría de Educación Pública para la edición de su mencionada obra, en la cantidad de diez mil ejemplares, ni que la propia Secretaría hubiera consentido en pagarle una suma equivalente a un veinte por ciento sobre el valor comercial de cada libro de la edición de diez mil ejemplares, ni que la misma Secretaría se hubiera comprometido a ascenderlo en su empleo, ni menos, finalmente, que la cantidad que recibió haya sido en concepto de anticipo y por cuenta de la suma que se le había ofrecido; en tal virtud, es evidente que el actor no probó la acción que dedujo. Por el contrario, las pruebas exhibidas por la parte demandante justifican que la Secretaría de Educación Pública ordenó la impresión de cien mil ejemplares de la obra, y que el demandante recibió la cantidad de $250.00 por concepto de derechos de autor. No es posible afirmar que la Secretaría de Educación Pública adquirió la obra de referencia y que puede hacer de ella las impresiones que estime convenientes, conforme a sus necesidades, porque se ignoran los términos del contrato que se dice celebró; pero tampoco es posible concluir, ni aun presuncionalmente, que el actor celebró ese contrato en la forma y condiciones en que expone, ni mucho menos que, como parte del precio, la Secretaría de Educación Pública se haya comprometido a ascenderlo en su empleo, porque es claro que los nombramientos y ascensos no pueden ser objeto de contrato.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812764-754e359c/derechos-de-autor-accion-no-justificada-por-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Juicio ordinario civil 11/41. Rafael Vázquez Cadena. La publicación no menciona la fecha de resolución. Mayoría de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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