DESPIDO DEL TRABAJO.
Para que pueda examinarse en el juicio la excepción consistente en que el trabajador fue despedido por haber injuriado al patrón y a otros de sus compañeros, es necesario que se precisen las expresiones que se consideran injuriosas, tanto para que la Junta pueda juzgar si realmente tienen tal carácter, cuanto para que la contraparte no quede en estado de indefensión al ignorar los hechos que se le atribuyen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813297-35291397/despido-del-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6866/58. Rafael R. de la Garza Cisneros. 26 de junio de 1959. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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