DICTAMENES PERICIALES. DELITO DE RAPTO Y ESTUPRO. CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.
El certificado médico suscrito por un solo facultativo no satisface las exigencias del artículo 163 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito y Territorios Federales, para que esos documentos tengan el alcance probatorio de un dictamen pericial; pero si en el caso concurren otras probanzas, el cuerpo de los delitos debe tenerse por legalmente comprobado de acuerdo con el artículo 124 del citado código procesal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813726-e460bad6/dictamenes-periciales-delito-de-rapto-y-estupro-codigo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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