Corpus
Modo: Corpus Pro

JURISDICCION CONCURRENTE (ES COMPETENTE EL JUEZ ELEGIDO POR EL ACTOR).

Clave: — · Registro digital (IUS): 814010 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1954; Pág. 144

En el artículo 104 de la Constitución General de la República, fracción I, se previene que corresponde a los Tribunales de la Federación conocer de las controversias del orden civil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales, con la salvedad de que cuando tales controversias sólo afectan intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los Jueces y tribunales locales del orden común de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. El artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación previene que corresponderá a los tribunales federales conocer de todas las controversias del orden civil en que fuere parte actora, demandada o tercera opositora, una empresa de vías generales de comunicación. Sin embargo, este precepto no puede prevalecer sobre lo estipulado por la referida disposición constitucional en cuanto establece jurisdicción concurrente de las autoridades judiciales del orden común y de las federales, cuando las controversias de orden civil que se susciten sobre el cumplimiento o aplicación de leyes federales, sólo afecten intereses particulares, porque conforme al artículo 133 de la propia Constitución Política, ésta constituye la Ley Suprema de toda la Unión, y por lo mismo, su contenido no puede desvirtuarse por leyes de jerarquía inferior, porque integra una superlegalidad que se sobrepone a las leyes federales y comunes vigentes, pudiendo entonces la parte actora elegir el Juez que le satisfaga para promover el juicio respectivo, y por tanto, como en el caso, se promovió la controversia ante un Juez del orden común, dicho funcionario es legalmente competente para seguir conociendo del asunto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814010-75737471/jurisdiccion-concurrente-es-competente-el-juez-elegido-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 50/54. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en materia Civil, en el Distrito Federal, y el Juez Cuarto de lo Civil y de Hacienda, de Guadalajara, Estado de Jalisco. 23 de noviembre de 1954. Mayoría de doce votos de los Ministros: Franco Carreño, Teófilo Olea y Leyva, Hilario Medina, Vicente Santos Guajardo, Agustín Mercado Alarcón, José Castro Estrada, Gilberto Valenzuela, Luis Díaz Infante, Nicéforo Guerrero, Arturo Martínez Adame, Agapito Pozo y Presidente José María Ortiz Tirado. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez S., Octavio Mendoza González, Gabriel García Rojas, Alfonso Guzmán Neyra y Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.