APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
La apreciación que el Juez natural hace de las pruebas rendidas en un proceso siempre que se ajuste a las leyes que regulan dichas pruebas, a las constancias procesales y no viole ningún principio de la lógica, no puede ser motivo del juicio de amparo, teniendo en cuenta que esta Sala ha sentado la tesis de que debe respetarse el criterio del juzgador, siempre que reúna los requisitos antes mencionados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814503-c0142bb2/apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2581/53/1a. Maldonado López J. Ventura. 12 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- APRECIACION DE LA PRUEBA. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, POR LA AUTORIDAD JUDICIAL. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, EN CONJUNTO. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- APRECIACION DE LAS PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis