REBELION. PRUEBA DE PRESUNCIONES.
Para que pueda aplicarse el artículo 1099 del Código Penal,se requiere que, efectivamente, el inculpado mantenga relaciones con el enemigo y le envíe noticias relativas a las operaciones militares. Cuando la prueba de presunciones que obra en contra del acusado, no reúne los requisitos que exige el artículo 270 del Código Federal de Procedimientos Penales, dado que no lleva al ánimo la convicción lógica de que aquél haya mantenido correspondencia con los rebeldes, la sentencia que acepta como buena esa prueba y condena, aplica inexactamente el artículo 270 citado, y viola los artículos 14 y 16 de la Constitución General.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814777-2feea49d/rebelion-prueba-de-presunciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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