SUCESION LA LEY NO SEÑALA TERMINO PARA DENUNCIARLA.
La ley no señala término para denunciar una sucesión y pedir la radicación del procedimiento respectivo, y no puede señalarlo porque si lo hiciera, provocaría el absurdo jurídico de sacar bienes de un patrimonio para dejarlos sin titular, pues incluso para que el Estado (beneficencia pública), se adjudique bienes de una herencia, es indispensable la denuncia de ella en cualquier tiempo y su tramitación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816090-592469a2/sucesion-la-ley-no-senala-termino-para-denunciarla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7094/49. Ana María Castillo, sucesión de. 17 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SUCESIONES NO ABIERTAS, JUICIOS CONTRA LAS. (s/clave)
- SUCESIONES. (s/clave)
- SUCESIONES, BIENES DE LAS. (s/clave)
- SUCESIONES, BIENES DE LAS. (s/clave)
- SUCESIONES, BIENES DE LAS. (s/clave)
- SUCESIONES, TERMINOS PARA LA DENUNCIA DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis