ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DE DELITO DE ROBO.
La orden dictada por un Juez, dentro de un proceso o averiguación penal, que manda se entregue a un depositario nombrado por la misma autoridad, un semoviente que fue robado, y del que se dicen legítimos propietarios el denunciante y también una tercera persona, no vulnera ninguna garantía en perjuicio del denunciante, porque esta providencia no afecta su derecho de propiedad toda vez que el depositario lo poseerá en nombre del legítimo propietario, mientras se dilucida quién tiene realmente ese carácter.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816144-93bc0890/aseguramiento-del-objeto-de-delito-de-robo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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