INTERDICTO DE RECUPERACION DE POSESION.
Dos son los fundamentos de hecho necesarios que deberán justificarse para que proceda dicho interdicto. La promoción del bien raíz; y el despojo que de él se sufra.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816168-015cc70c/interdicto-de-recuperacion-de-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4332/42. Mejía Ezequiel. 12 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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