Corpus
Modo: Corpus Pro

TRANSPORTE. CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 816373 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1937; Pág. 107

No existe prueba que justifique que el contratista regentee una empresa de transportes que funcione mediante concesión federal. Por el contrario, resulta que fue celebrado un contrato individual de trabajo con el objeto de que el trabajador manejara un camión de la propiedad del patrono. Siendo así, la competencia corresponde a la autoridad local del trabajo dentro de cuya jurisdicción se produjo el conflicto y está constituido, además, el domicilio del demandado. No obstante la circunstancia de que el servicio prestado por el trabajador haya tenido lugar entre los diferentes poblaciones, usándose para ello de la carretera nacional, porque el simple hecho de circular por ella, previa la licencia respectiva, no determina la competencia federal para conocer del conflicto, supuesto que esa competencia comprende únicamente a las empresas de transporte que actúen a virtud de una concesión federal, según los artículos 73, fracción X, constitucional y 359, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816373-985e8c3a/transporte-contrato-individual-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 39/35. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalgo y la Regional Federal Número Doce, residente en Pachuca. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

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