TRIBUNAL FISCAL. PRUEBAS.
Si no hay ningún precepto legal que incapacite a dicho tribunal a tener en cuenta constancias aportadas por los interesados y de las que por alguna circunstancia no pudo tener conocimiento la Junta Calificadora, pero que demuestren que la resolución de esta Junta no aparece debidamente justificada por estar en contradicción con algún precepto legal, sin duda alguna que el propio Tribunal Fiscal está obligado a tener en cuenta esos elementos probatorios, pues de otra manera, sin justificación alguna, desconocería a las partes derechos que las leyes les conceden, y faltaría a la misión que le está encomendada de dar a cada quien lo que le corresponde.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816788-5e976e91/tribunal-fiscal-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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