LEYES. LEY QUE REGLAMENTA EL PARRAFO 7o. DEL ARTICULO 130 CONSTITUCIONAL, EN EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.
El quejoso reclama la ley que reglamenta el séptimo párrafo del artículo 130 constitucional en el Distrito y Territorios Federales, expedida por el H. Congreso de la Unión con fecha 26 de diciembre de 1931, y su aplicación. Ahora bien, como esa ley no contiene disposición alguna que se refiera a los católicos en particular ni menos mandato que afecte individual y concretamente al quejoso, es notorio que los actos reclamados no violan derecho alguno de aquél ni le irrogan perjuicio jurídico concreto, y, por tanto, la demanda es notoriamente improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817137-a1a4b08d/leyes-ley-que-reglamenta-el-parrafo-7o-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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