Corpus
Modo: Corpus Pro

EXTINCION DE OBLIGACIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 817495 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 48

No es motivo jurídico para librarse de obligaciones constituir una sociedad con los mismos bienes sujetos a responder del pago de un adeudo, porque ese medio de extinguir obligaciones no lo reconoce la ley, ni menos por el hecho de que todos los obligados al pago como herederos del autor de la herencia se constituyan en sociedad y nombren gerente o representante de todos ellos, lo cual no modifica sus adeudos para con el fisco, como tampoco se extinguirían sus obligaciones si cambiaran de domicilio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817495-e4940798/extincion-de-obligaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 5807/36. Nicolás de la Peña Sucesores. 16 de julio de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LIII, página 715, tesis de rubro: "SUCESIONES, CAMBIO DE DESTINO DE ACERVO DE LAS."

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