PRUEBA TESTIMONIAL.
La apreciación de la prueba testimonial es del resorte del Juez del conocimiento del negocio en que esa prueba se rinde, pero no por eso puede tener como buenos los dichos de los testigos, cuando éstos no llenan determinados requisitos que fijan los principios lógicos y jurídicos de la racional calificación de las pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817726-11b6c80f/prueba-testimonial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 799/31. Esquinazi Leonor. 4 de mayo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis