EMBARGO.
Cuando se reclama contra el modo de llevarlo a cabo, porque el quejoso considere que debió haberse practicado en forma de intervención con cargo a la caja, dicho acto no es de ejecución irreparable, porque el interesado puede reclamar ante el Juez del conocimiento contra la ejecución practicada en términos contrarios a la ley, estando en posibilidad de que el Juez acuerde favorablemente esa petición, motivo por el que el amparo interpuesto no debe admitirse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817782-cb5279e7/embargo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión 3258/931. Montoya Enrique. 14 de mayo de 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
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