Corpus
Modo: Corpus Pro

ALEGATOS ANTE UN JUEZ DE DISTRITO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 818302 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Tercera Parte; Pág. 11

El Juez de Distrito no está obligado a analizar los alegatos, de modo directo en la sentencia, pues ningún precepto de la Ley de Amparo lo determina así. Su obligación estricta se reduce a recibirlos (artículo 155), y aunque dentro de la misma cabe entender, como implícita, la obligación de enterarse de los alegatos, con todo, no existe en este punto, un deber semejante al que sí existe cuando se trata de los conceptos de violación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818302-aaae6e30/alegatos-ante-un-juez-de-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 3892/60. Hilton Hotels International de México, S. A. de C. V. 24 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.

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