AGRAVIOS. NO LO SON LAS AFIRMACIONES QUE NO RAZONAN CONTRA LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO QUE ATACAN.
No constituyen agravios las manifestaciones en que los recurrentes se limitan a afirmar dogmáticamente que a base de presunciones llegó el juzgador en la sentencia a la conclusión que establece en la misma, omitiendo hacer referencia a los hechos en que se fundó el juzgador y a las razones por las que estiman que esos hechos engendran meras presunciones, que conducirían a la conclusión de que no se probó directamente algún fundamento de la sentencia que impugnan. En otras palabras, los recurrentes deben argumentar lo pertinente para demostrar por qué los hechos en que se funda la sentencia recurrida sólo engendran presunciones, para llegar así a la conclusión que pretenden en su exposición de agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818543-0514d2e4/agravios-no-lo-son-las-afirmaciones-que-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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