COSA JUZGADA Y EXTINCION DE LAS ACCIONES.
El desistimiento de un juicio no implica que haya cosa juzgada, porque para esto se requiere que exista identidad de personas, cosas y acciones y un pronunciamiento de derecho. El desistimiento de la demanda solamente implica la renuncia a la acción procesal en el juicio en que se adujo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818659-3544d401/cosa-juzgada-y-extincion-de-las-acciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5862/70. Eva Alvarez Sevilla. 19 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
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