HORARIOS A LOS COMERCIOS, FIJACIÓN DE.-
No se puede admitir que se ponga obstáculo a la libre concurrencia, cuando se imponen obligaciones iguales en cuanto a horarios de funcionamiento, a comercios que se dedican a un mismo ramo; máxime, que la fijación de dichos horarios no corresponde a la reglamentación del artículo 28 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901904-dd0fc5b2/horarios-a-los-comercios-fijacion-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8874/47.-"Novedades", S.A.-1o. de marzo de 1948.-Unanimidad de cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCV, página 1553, Segunda Sala.
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