Corpus
Modo: Corpus Pro

INFORME JUSTIFICADO DE LAS AUTORIDADES EJECUTORAS, MAL RENDIDO.-

Clave: 1422 · Registro digital (IUS): 902095 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo I, Const., P.R. SCJN; Pág. 1000

Aun cuando las autoridades ejecutoras rindan mal sus informes por referirse a actos distintos de los que se les imputan, esos actos no pueden tenerse como presuntivamente ciertos en los términos del artículo 149 de la Ley de Amparo, porque tal presunción sólo opera conforme a este precepto, cuando no exista prueba en contrario, si la negativa de las autoridades ordenadoras lleva a la conclusión de que no hay acto que ejecutar en perjuicio del quejoso y en aplicación de la ley impugnada.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/902095-b7c3c178/informe-justificado-de-las-autoridades-ejecutoras-mal-rendido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 548/64.-Sotero Sánchez Cortés.-21 de enero de 1969.-Unanimidad de diecisiete votos.-Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 1, Primera Parte, página 15, Pleno.

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